
Por: Crisanto Obadía
Aspirante a Ayudante de Filósofo
La función pública no se agota en la eficiente administración de recursos o en la ejecución de políticas estatales. En su núcleo más profundo, encierra una pregunta ética ineludible: ¿cómo debe obrar quien ejerce un poder que no le pertenece, sino que le ha sido confiado transitoriamente en nombre de la colectividad? El presente artículo explora el “deber ser” de la ética en la función pública a partir de preceptos fundamentales extraídos de la tradición filosófica, confrontando posiciones clásicas y modernas que ofrecen criterios para orientar la conducta del servidor público.
1. Platón: la justicia como armonía del alma y la polis
Platón, en La República, sostiene que la ciudad justa es aquella en la que cada clase cumple su función sin invadir la de los otros. Trasladado al ámbito de la función pública, el precepto platónico exige que quien gobierna o administra lo haga con sabiduría (parte racional) y templanza (dominio de los apetitos personales). Para Platón, el peor riesgo de la función pública es la pleonexia: el afán de tener más de lo que corresponde. El servidor público ético es, ante todo, aquel que ha aprendido a gobernarse a sí mismo antes de pretender gobernar a otros. El deber ser implica, entonces, una formación del carácter que anteponga el bien común al beneficio privado.
2. Aristóteles: la prudencia como virtud del gobernante

Aristóteles, en la Ética a Nicómaco, identifica la prudencia (phrónesis) como la virtud intelectual que permite deliberar correctamente sobre lo que es bueno y conveniente para la vida en comunidad. En la función pública, la prudencia se traduce en la capacidad de aplicar principios generales (justicia, equidad, legalidad) a situaciones concretas, a menudo ambiguas. Frente a un código rígido, el funcionario prudente sabe discernir cuándo una norma debe aplicarse en su espíritu y no solo en su letra. El deber ser aristotélico exige, además, que la función pública actúe teleológicamente: cada decisión debe estar orientada al eudaimonía colectivo, es decir, al florecimiento de los ciudadanos.
3. Kant: el imperativo categórico y la publicidad de la acción
Immanuel Kant desplaza el centro de la reflexión ética hacia la intención y el deber por el deber mismo. Su famoso imperativo categórico —“obra solo según aquella máxima mediante la cual puedas querer que se convierta en ley universal”— resulta particularmente exigente para el servidor público. Esto implica que ninguna acción en el ejercicio del cargo puede fundarse en intereses particulares, favoritismos o excepciones encubiertas. Una prueba práctica kantiana es la publicidad: ¿puede el funcionario querer que su decisión sea conocida por todos los ciudadanos sin que ello contradiga la finalidad de su cargo? Si la acción no resiste la transparencia, es moralmente inválida. El deber ser kantiano en la función pública es, pues, la autonomía moral del agente estatal frente a presiones ilegítimas.
4. Max Weber: ética de la responsabilidad vs. ética de la convicción
Aunque Weber no es un filósofo moral en sentido estricto, su análisis de la política como vocación introduce un dilema central: el funcionario público debe regirse por la ética de la responsabilidad, que atiende a las consecuencias previsibles de sus actos, y no solo por la ética de la convicción, que se aferra a principios puros sin calcular efectos. Un servidor público ético no puede justificar una corrupción menor o una arbitrariedad invocando buenas intenciones finales. El deber ser weberiano exige responsabilidad por los medios empleados, incluso cuando los fines sean nobles. En la función pública, esto se traduce en el respeto escrupuloso de los procedimientos, la legalidad y la rendición de cuentas.
5. Paul Ricoeur: la ética como búsqueda de la vida buena con y para el otro
Ricoeur propone una ética de la solicitud y la justicia, donde el servidor público no es un mero aplicador de normas, sino un intérprete de necesidades concretas. Su precepto central —“desear la vida buena con y para los otros en instituciones justas”— sitúa a la función pública como un lugar privilegiado de mediación entre lo universal (la ley) y lo particular (el ciudadano vulnerable). El deber ser ricoeuriano añade una dimensión hermenéutica: el funcionario debe ejercer un juicio moral en situación, evitando tanto el legalismo ciego como el decisionismo arbitrario. La ética de la función pública se vuelve así una sabiduría práctica narrativa: cada caso es una historia que exige ser escuchada.
Conclusión: hacia una síntesis del deber ser
La ética de la función pública no puede reducirse a un código de conducta ni a un mero cumplimiento normativo. A partir de los filósofos examinados, emerge un núcleo común del deber ser:
- Justicia sustantiva (Platón): el cargo no es propiedad, sino función.
- Prudencia aplicada (Aristóteles): deliberación situada orientada al bien común.
- Universalización y transparencia (Kant): obrar como si cada acto fuera público y ejemplar.
- Responsabilidad consecuencial (Weber): responder por los efectos reales de las decisiones.
- Solicitud e interpretación (Ricoeur): atender al otro concreto dentro de la igualdad abstracta.
En suma, el servidor público ético es aquel que logra integrar principio y consecuencia, norma y compasión, legalidad y legitimidad. Aspirar a tal integración es la tarea inacabada de toda función pública digna de ese nombre. La filosofía no ofrece recetas, pero sí brinda criterios para no claudicar ante la tentación más antigua del poder: olvidar que se ejerce para otros, no para sí mismo.
