Contraloría ordena a Alcaldía de La Unión garantizar recursos e información a Auditoría Interna

El órgano fiscalizador emitió una orden contra el alcalde Cristian Torres Garita por intentar disponer de fondos de la Auditoría Interna sin su autorización y por obstaculizar el acceso a información solicitada por esa unidad

La Contraloría General de la República (CGR) emitió una orden contra el alcalde de la Municipalidad de La Unión, Cristian Torres Garita, por injerencia en el trámite de recursos de la Auditoría Interna y por obstaculizar las potestades de acceso a información de esa unidad, según consta en el oficio DFOE-LOC-0642 del 22 de mayo de 2026.

El caso se origina en agosto de 2025, cuando la Alcaldía presentó ante el Concejo Municipal la variación presupuestaria VP-04-2025, en la que se pretendía disponer de ₡5.887.753,57 correspondientes a recursos salariales de la Auditoría Interna, sin contar con el aval de su titular interina. La auditora emitió la Advertencia N.° 09-2025 señalando el aparente incumplimiento normativo, lo que llevó al Concejo Municipal a excluir e improbar ese monto mediante los acuerdos N.° 2644, 2645 y 2691.

Para el órgano contralor, la sola formulación de variaciones que pretendan disponer de los recursos de la auditoría sin considerar el criterio de su titular «supera las competencias establecidas que tiene el Alcalde Municipal», quien debe presentar los proyectos presupuestarios completos y apegados a la normativa para que sea el Concejo Municipal quien los discuta y apruebe, conforme al Código Municipal.

Además, durante 2025, la Alcaldía no facilitó el libre acceso a la información requerida por la Auditoría Interna. Ante la omisión persistente de respuesta a solicitudes de información, la auditora emitió la Advertencia N.° 003-2026 en febrero de 2026, dirigida al alcalde. El artículo 33 de la Ley General de Control Interno establece que el personal de auditoría tiene libre acceso a toda la documentación e información institucional en cualquier momento.

En su respuesta a la CGR, la Alcaldía no acreditó acciones concretas para justificar los atrasos en responder los oficios de la Auditoría Interna. Para la Contraloría, «al no contestar oficios o solicitudes de información que desde la Auditoría Interna se emitan, la Alcaldía Municipal no solo incumple con su responsabilidad sobre disponer de un sistema de control interno, sino que desatiende sus deberes como el principal componente orgánico del mismo».

La orden emitida por la CGR exige al alcalde, en un plazo máximo del 30 de junio de 2026, cumplir con dos disposiciones: emitir un comunicado a todas las dependencias municipales reiterando la garantía de acceso libre a toda la información solicitada por la Auditoría Interna, y establecer un mecanismo que garantice contar con el criterio de esa unidad para la asignación, modificación o variación de sus recursos.

El órgano fiscalizador advierte que estas acciones podrían configurar una obstaculización o retraso en el cumplimiento de las potestades de la Auditoría Interna Municipal, lo que podría generar responsabilidad administrativa para el jerarca que incumpla sus deberes en materia de control interno, conforme a los artículos 39 y 41 de la Ley General de Control Interno.

El artículo 27 de esa ley establece que el jerarca de los entes sujetos a la norma deberá asignar los recursos humanos, materiales, tecnológicos y otros necesarios y suficientes para que la auditoría interna pueda cumplir su gestión, considerando el criterio del auditor interno y las instrucciones que emita la CGR.

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