CUARTA PARTE

- El Informe de Auditoría N°04-2025, emitido en febrero de 2026 por la Auditoría Interna de la Municipalidad de La Unión, reveló múltiples deficiencias en el servicio de recolección de residuos sólidos: una propuesta de actualización tarifaria congelada en la Alcaldía, pagos atrasados a proveedores por más de tres meses, siete camiones fuera de servicio con pólizas vigentes del INS por ¢3.575.433 semestrales, y una concentración de horas extra superior a 2.260 horas en un solo funcionario. Ante cada observación del ente fiscalizador, la administración municipal respondió. A continuación, la noticia con las respuestas textuales entregadas por la comuna.
El ajuste tarifario en pausa: “Analizar otras estrategias”
¿Cuál es el estado actual de la propuesta de reajuste tarifario enviada a la Alcaldía el 30 de setiembre de 2025? ¿Ya fue presentada al Concejo Municipal?
Respuesta de la Municipalidad (tal como fue entregada):
“Efectivamente, se elaboró y remitió una propuesta de actualización tarifaria para el servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos sólidos, la cual fue puesta en conocimiento de la Administración para su valoración, sin embargo, previo a impulsar un ajuste tarifario, la Administración ha considerado oportuno analizar y desarrollar otras estrategias orientadas a mejorar la sostenibilidad financiera del servicio, procurando minimizar el impacto económico que una eventual actualización tarifaria podría representar para los usuarios.
Lo anterior cobra especial relevancia considerando el incremento sostenido de los costos asociados al tratamiento y disposición final de residuos a nivel nacional, situación que ha generado aumentos significativos en las tarifas de diversos gobiernos locales. En ese sentido, resulta de interés institucional valorar alternativas que permitan fortalecer los ingresos del servicio y mejorar la equidad en la distribución de los costos antes de trasladar dichos incrementos a los contribuyentes.
Dentro de las acciones que se valoran se encuentran la actualización y depuración de la base de usuarios del servicio, la identificación de inmuebles que eventualmente no estén siendo facturados conforme a sus condiciones reales de generación, la revisión de categorías tarifarias y otros mecanismos orientados a mejorar la recuperación de costos del servicio.
Una vez concluidos dichos análisis y valoradas las alternativas disponibles, la Administración determinará si resulta procedente impulsar la propuesta de actualización tarifaria, ajustarla o complementarla con otras medidas que permitan garantizar la sostenibilidad financiera del servicio sin afectar innecesariamente a los sectores más vulnerables de la población.”

¿La municipalidad cuenta con un plan de contingencia formal ante el cierre del relleno sanitario “El Huazo”, cuya vida útil se estimó en 10 meses a partir de noviembre de 2025 según el informe de auditoría?
Respuesta: “Sí. La Municipalidad de La Unión cuenta con alternativas para garantizar la continuidad del servicio de disposición final de residuos en caso de que el relleno sanitario conocido como ‘El Huazo’ deje de recibir residuos.
De hecho, dentro de los procedimientos de contratación promovidos por la Administración se contempló la posibilidad de que los oferentes presentaran alternativas de disposición final distintas al sitio actualmente utilizado, incluyendo esquemas que incorporan estaciones de transferencia y traslado posterior hacia otros rellenos sanitarios autorizados para operar en el país.
Asimismo, resulta importante señalar que la estimación de vida útil indicada en el informe correspondía a una proyección disponible al momento de su elaboración. No obstante, a la fecha de la presente respuesta, y habiendo transcurrido más de los diez meses estimados desde noviembre de 2025, el relleno sanitario continúa operando y recibiendo residuos municipales, lo que evidencia que las proyecciones de cierre pueden variar en función de diversos factores técnicos, operativos y de gestión propios del sitio de disposición final.
Por consiguiente, la Municipalidad ha procurado mantener alternativas de disposición dentro de sus procesos de contratación y planificación operativa, con el fin de garantizar la continuidad del servicio esencial de recolección y disposición final de residuos ante eventuales cambios en las condiciones de operación de los sitios actualmente utilizados.”
¿Sobre atrasos en pago de facturas?
Respuesta: “Respecto a esta observación, debe indicarse que el informe identifica casos en los que transcurrió un período considerable entre la prestación del servicio y la cancelación correspondiente, sin embargo, no se advierte que se haya realizado un análisis detallado de la totalidad de los factores que intervienen en el proceso de facturación, presentación de documentos para cobro, revisión administrativa, trámite de pago y demás gestiones asociadas.
En ese sentido, el plazo transcurrido entre la prestación del servicio y la cancelación efectiva no necesariamente es atribuible de manera exclusiva a la gestión municipal, ya que intervienen diversas etapas y actores dentro del proceso, incluyendo la oportunidad con que el proveedor presenta la documentación requerida para gestionar el pago correspondiente.
Asimismo, no consta que la empresa prestataria del servicio haya presentado reclamos administrativos, solicitudes de reconocimiento de intereses moratorios, gestiones formales de cobro ni reclamaciones derivadas de los casos señalados en el informe. De igual manera, el informe no acredita la existencia de reclamos formales por parte de la empresa contratista relacionados con perjuicios ocasionados por los supuestos atrasos identificados.
Sin perjuicio de lo anterior, la Administración mantiene el interés de continuar fortaleciendo los procedimientos internos de trámite y pago, procurando la atención oportuna de las obligaciones contractuales y la continuidad de los servicios esenciales que se brindan a la comunidad.”
*El informe detectó que siete camiones recolectores están fuera de servicio pero se mantienen vigentes sus pólizas del INS por ¢3.575.433 semestrales. ¿Se ha realizado un análisis costo-beneficio? ¿Cuál es el plan para esos vehículos?*
Respuesta: “Respecto a esta observación, debe indicarse que el hecho de que una unidad se encuentre temporalmente fuera de operación no implica, por sí mismo, que puedan suspenderse automáticamente las obligaciones legales asociadas al vehículo.
En particular, para efectos de circulación, traslado, reparación, inspección, valoración técnica o eventual proceso de disposición final, los vehículos deben mantener al día los requisitos legales que resulten aplicables. Asimismo, los procesos de desinscripción, baja patrimonial y disposición final de bienes públicos se encuentran sujetos a procedimientos específicos establecidos en la normativa vigente.
En ese sentido, se considera que el análisis realizado en el informe no profundiza en los aspectos legales, administrativos y patrimoniales asociados a la gestión de este tipo de activos, limitándose principalmente a una valoración del costo de las pólizas y otros gastos asociados.
Pese a lo anterior, la Administración ha venido realizando gestiones orientadas a determinar el destino definitivo de estas unidades. Según se ha informado, se encuentran en análisis los procedimientos necesarios para la desinscripción y eventual disposición final de aquellos vehículos que, por su condición mecánica, antigüedad o costo de reparación, no resulten técnica o económicamente viables para continuar prestando servicio.
De igual forma, se realizan valoraciones para determinar la conveniencia de conservar algunas unidades que eventualmente puedan ser recuperadas y reincorporadas a la operación municipal, siempre que ello resulte técnica y económicamente justificable.
Por lo tanto, el abordaje de esta situación no se limita únicamente a la suspensión de pólizas o gastos asociados, sino que requiere considerar las implicaciones legales, patrimoniales…”

¿Ya se realizó la conciliación entre el Sistema Integrado Municipal (SIM) y la realidad operativa del servicio? ¿Qué acciones correctivas se tomaron?
Respuesta: “Respecto a esta observación, se informa que se han realizado ajustes y actualizaciones en los registros correspondientes, con el fin de mantener la mayor concordancia posible entre la información administrativa y la realidad operativa del servicio.
Resulta importante señalar que la operación de los servicios municipales es dinámica por naturaleza, por lo que los registros de personal están sujetos de forma constante a movimientos como traslados, renuncias, jubilaciones, plazas vacantes y otros cambios propios de la gestión del recurso humano.
En ese contexto, las diferencias identificadas en el informe corresponden principalmente a situaciones de carácter administrativo y registral que no afectan de manera sustancial la prestación del servicio ni implican una alteración significativa de la estructura operativa del mismo.
Por consiguiente, se han venido realizando las actualizaciones y conciliaciones que resultan necesarias conforme se producen los cambios organizacionales y de personal, como parte del proceso normal de administración y control de los recursos humanos municipales.
Asimismo, debe considerarse que la información reflejada en un sistema constituye una fotografía de un momento determinado, mientras que la realidad operativa puede experimentar variaciones posteriores que requieren ajustes periódicos para mantener la consistencia de los registros institucionales.”
¿Se ha emitido la normativa interna para regular el pago de tiempo extraordinario? ¿Qué controles existen para evitar la acumulación excesiva por funcionario?
Respuesta: “Respecto a esta observación, resulta importante señalar que el propio informe indica expresamente que el monto de 62.251.499,03 corresponde a la totalidad de horas extraordinarias pagadas a funcionarios de la Unidad Ambiental, independientemente de su origen presupuestario o del servicio para el cual fueron ejecutadas.
En ese sentido, dentro del monto analizado se incluyen horas extraordinarias asociadas a diversas actividades y servicios desarrollados por la Unidad Ambiental, incluyendo labores relacionadas con gestión ambiental, mantenimiento de parques, aseo de vías, o incluso atención de otros procesos no relacionados con la Unidad Ambiental como emergencias, actividades institucionales, apoyo a otras dependencias municipales, actividades culturales y otras funciones distintas al servicio de recolección de residuos.
Por lo anterior, se considera que el análisis efectuado no permite determinar con precisión el comportamiento específico de las horas extraordinarias atribuibles al servicio de recolección de residuos, toda vez que agrupa y analiza información correspondiente a múltiples servicios y fuentes de financiamiento bajo una misma categoría.
Consecuentemente, las conclusiones relacionadas con la concentración de horas extraordinarias y los montos observados deben valorarse considerando dicha limitación metodológica, ya que el estudio tenía como objeto principal el servicio de recolección de residuos y no la totalidad de actividades ejecutadas por la Unidad Ambiental.
Adicionalmente, debe indicarse que las horas extraordinarias reconocidas y pagadas por la Municipalidad no corresponden a registros automáticos o discrecionales, sino que responden a necesidades operativas previamente justificadas y sujetas a los mecanismos institucionales de autorización, supervisión y aprobación correspondientes. En consecuencia, cada jornada extraordinaria debe contar con la respectiva justificación, la autorización de la jefatura competente y el cumplimiento de los procedimientos administrativos establecidos para su reconocimiento y pago.
Asimismo, la concentración de horas extraordinarias en determinados funcionarios no necesariamente constituye una irregularidad por sí misma, ya que puede obedecer a la naturaleza de las funciones desempeñadas, la experiencia requerida para ciertas labores, la disponibilidad de personal, la atención de situaciones especiales o la continuidad de servicios esenciales que presta la Municipalidad.”
El informe emitió 11 recomendaciones con plazos desde “inmediato” hasta 6 meses. ¿Puede la administración presentar un estado de cumplimiento detallado de cada una?
Respuesta: “Las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna han sido puestas en conocimiento de las distintas dependencias a las que fueron dirigidas, correspondiendo a cada una de ellas valorar, atender e implementar las acciones que resulten procedentes dentro del ámbito de sus competencias.
En términos generales, la Administración ha venido desarrollando acciones orientadas al fortalecimiento de los controles administrativos, operativos, financieros y de gestión relacionados con el servicio de recolección de residuos, así como de otros procesos vinculados al funcionamiento institucional.
Debe considerarse además que las recomendaciones emitidas presentan distintos niveles de complejidad, alcance y plazo de ejecución, por lo que algunas requieren únicamente ajustes administrativos de implementación inmediata, mientras que otras demandan procesos de análisis, coordinación interdepartamental, modificaciones de procedimientos, disponibilidad de recursos o incluso la ejecución de gestiones que se desarrollan de forma progresiva en el tiempo.”
Sin plazos de solución
El Informe de Auditoría N°04-2025, emitido en febrero de 2026 por la Auditoría Interna de la Municipalidad de La Unión, evidencia serias deficiencias en la gestión del servicio de recolección de residuos. Frente a los hallazgos, la administración municipal responde con argumentos técnicos y legales, pero sin ofrecer plazos concretos para resolver problemas estructurales.
Mientras la propuesta de ajuste tarifario permanece congelada bajo el argumento de “valorar alternativas”, el relleno sanitario “El Huazo” sigue operando más allá de su vida útil estimada de 10 meses, y siete camiones fuera de servicio continúan generando gastos en pólizas por ¢3.575.433 semestrales sin una decisión clara sobre su reparación o baja.
En cuanto a las horas extra, la administración aclara que los ¢62.2 millones incluyen labores de toda la Unidad Ambiental y no solo recolección de residuos, y defiende la alta concentración en un funcionario (más de 2.260 horas) como parte de la “naturaleza de las funciones”. Sin embargo, la ausencia de una normativa interna que regule el tiempo extraordinario sigue siendo una deuda pendiente.
Finalmente, la comuna no presentó el estado de cumplimiento detallado de las 11 recomendaciones del informe de auditoría, limitándose a decir que han sido “puestas en conocimiento” de las dependencias. Los vecinos y los órganos fiscalizadores quedan a la espera de acciones concretas y no solo de justificaciones, a casi un año de la emisión del Informe de Auditoría N°04-2025 (febrero 2026).
(Fotografías con fines ilustrativos Gemini IA)
