- Cantón obtuvo solo 41 puntos de 100 en evaluación técnica por no adoptar Decreto Ejecutivo N° 44335, lo que afecta el despliegue de redes 5G y el acceso a servicios para sus habitantes.
El cantón de La Unión, en la provincia de Cartago, es el único municipio de la provincia que aún no ha adoptado el Decreto Ejecutivo N° 44335-MICITT, el cual establece los lineamientos nacionales para el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones. Según Alonso Zeledón, Viceministro de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), esta situación genera vacíos normativos que obstaculizan el desarrollo de redes, incluyendo las de quinta generación (5G), y limita el acceso de la población a servicios de conectividad eficientes y de calidad.
A continuación, Alonso Zeledón, Viceministro de Telecomunicaciones del MICITT responde a las principales interrogantes planteadas por Crónicas de La Unión, con base en el «Informe de Valoración de Reglamentos Municipales» (mayo 2026) y el dictamen vinculante PGR-C-107-2026 de la Procuraduría General de la República (julio 2026).
1. ¿Qué análisis tiene el MICITT sobre la situación de La Unión, considerando que es el único cantón de Cartago que no ha adoptado el Decreto?
El MICITT señala que el reglamento de La Unión data de octubre de 2018, por lo que es anterior a la Ley N° 10216 y al Decreto N° 44335. En la evaluación técnica, el cantón obtuvo 41 puntos de 100, reflejando la necesidad de eliminar obstáculos para el despliegue de infraestructura y armonizar su normativa con los estándares nacionales.
2. ¿Qué acciones de acompañamiento ha brindado el MICITT a la Municipalidad de La Unión?
El Ministerio ha mantenido una política de asesoría técnica permanente. En enero de 2026, participó en una audiencia con el Concejo Municipal para abordar el tema. Además, ha realizado campañas informativas, visitas directas y cursos virtuales en conjunto con la UNED para explicar los cambios regulatorios.
3. ¿Cómo valora el MICITT que el reglamento actual no contemple ductos ni mobiliario urbano, aspectos clave para 5G?
El MICITT considera que esa omisión es crítica, ya que el Decreto Nacional regula específicamente esos aspectos. La falta de directrices técnicas para azoteas, edificios y mobiliario urbano limita la instalación ordenada y segura de antenas y redes, retrasando la llegada de 5G al cantón.
4. ¿Considera el MICITT que la normativa de La Unión contraviene el artículo 4 de la Ley N° 10216?
Sí. El artículo 4 establece que las disposiciones técnicas sobre infraestructura «deberán ser acatadas por todas las municipalidades del país». El MICITT, respaldado por el dictamen PGR-C-107-2026, indica que cualquier norma municipal que contradiga esa ley o el Decreto es nula e inaplicable por jerarquía normativa.
5. ¿Existe un plazo límite para adoptar el Decreto?
El Transitorio II del Decreto y el Transitorio II de la Ley fijaron un plazo de cuatro meses para armonizar los reglamentos, el cual ya venció. Ante la demora, el MICITT ha implementado acompañamiento técnico y jurídico, pero no ha anunciado sanciones; enfatiza que la obligación es ineludible por mandato legal.
6. ¿Qué implicaciones tiene para los habitantes de La Unión la falta de adopción del Decreto?
El MICITT advierte que los habitantes podrían ver limitado su derecho fundamental de acceso a las telecomunicaciones (artículo 24 de la Constitución). Esto se traduce en deficiencias de cobertura, menor competencia entre operadores y trámites más lentos para permisos de infraestructura, afectando la calidad del servicio.
7. ¿Ha recibido el MICITT comunicación formal de la Municipalidad de La Unión sobre su intención de adoptar el Decreto?
El Ministerio no detalla si ha recibido una comunicación formal en ese sentido, pero confirma que ha sostenido reuniones y audiencias con el Concejo Municipal para facilitar el proceso.
8. ¿Qué opina el MICITT sobre el argumento de que el Decreto afecta la autonomía municipal?
El MICITT desestima ese argumento. Cita el Voto N° 15763-2011 de la Sala Constitucional, que declara el interés nacional de la infraestructura de telecomunicaciones, y el dictamen PGR-C-107-2026, que aclara que la autonomía municipal no faculta a los gobiernos locales para sustraerse de lineamientos nacionales ni para obstaculizar el despliegue de redes.
9. ¿Cuáles son las consecuencias jurídicas para un municipio que mantenga un reglamento propio no ajustado al Decreto Nacional?
Las consecuencias son contundentes: toda norma municipal que contradiga la Ley N° 10216 o el Decreto N° 44335 es nula e inaplicable por jerarquía normativa. Además, el acatamiento de los dictámenes de la Procuraduría es obligatorio para toda la Administración Pública, incluido el régimen municipal (artículo 2 de la Ley N° 6815).
10. ¿Tiene el MICITT previsto un plan de acción para municipios con bajo puntaje, como La Unión?
El MICITT reafirma su política de acompañamiento técnico y jurídico, con capacitaciones, visitas y campañas informativas. No menciona medidas especiales adicionales, pero indica que continuará trabajando de manera coordinada para reducir brechas y ampliar la conectividad.
Nota roja para La Unión: MICITT le exige actualizar reglamento o sus normas quedarán sin efecto para no frenar el despliegue de redes
El MICITT es claro en su posición: la infraestructura de telecomunicaciones es un asunto de interés público nacional, y los gobiernos locales deben alinear sus reglamentos a la normativa superior. La Unión, con apenas 41 puntos en la evaluación técnica, enfrenta vacíos normativos que retrasan el despliegue de redes 5G y limitan el acceso de sus habitantes a servicios de calidad.
Si bien el Ministerio ha brindado asesoría y capacitación, la adopción del Decreto N° 44335 sigue siendo una tarea pendiente para este cantón. El dictamen de la Procuraduría despeja cualquier duda sobre la jerarquía normativa: los reglamentos municipales que contradigan la ley son nulos. Ahora, la pelota está en el tejado de la Municipalidad de La Unión, que deberá decidir si actualiza su normativa o se expone a la inaplicabilidad de sus propias disposiciones.
La conectividad no es un lujo, es un derecho y una necesidad estratégica. El MICITT reitera su disposición a colaborar, pero advierte que el tiempo corre y que los rezagos en infraestructura afectan directamente a la población. La armonización regulatoria no es solo un requisito legal, sino una condición indispensable para que Costa Rica avance hacia un futuro digital inclusivo y competitivo.
Sin respuesta
Remitimos varias consultas al Honorable Concejo Municipal y
a la administración sobre Decreto Ejecutivo N° 44335-MICIT al día de hoy no han sido respondidas.
(Imagen con fines ilustrativos)
Crónicas de La Unión
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