SINAC visitó la zona intervenida en La Carpintera (III Parte)

Por: Jonathan Jiménez Flores y Leonardo Jiménez Campos

El pasado 26 de febrero personeros de SINAC, se hicieron presentes a la zona conocida como calle Chirraca, donde desde día atrás la municipalidad de La Unión  ha venido interviniendo un derecho de vía. 

«Se Hizo recorrido a parte del camino ya intervenido con el proyecto, en un trayecto de 300 metros
aproximadamente, se inspección y analizo un tramo de 195 metros como la zona más vulnerable y de
consideración ambiental a intervenir, por estar en área de protección de recurso hídrico y tener
alrededor uso del suelo ecosistema boscoso, además estar dentro del Area silvestre protegida Cerros
de la Carpintera.»
explicó el informe con fecha de 27 de febrero de 2025.

Según el documento: «Lo que se observó en la mayor parte del sector es un barrido y limpieza de la superficie de ruedo, con arrastre de vegetación menor y empuje de residuos en el sector de la colindancia con la quebrada.”

Lea las dos entregas previas a este reportaje en: Municipalidad de La Unión intervino camino en La Carpintera (I Parte) y Familiar directo del alcalde es representante legal de propiedad en la zona  (II Parte) En la próxima entrega: Vecinos de San Vicente se manifiestan a favor de intervención municipal (IV Parte)

También explicaron que la municipalidad se encuentra amparada legalmente bajo la normativa de acuerdo a la ley 10210 del 1 de junio de 2022 y la ley 9798 sobre la eficiencia en la construcción, el mantenimiento y el mejoramiento de la red vial cantonal, que rige desde el 20 de diciembre de 2019. 

Por su parte dentro de las conclusiones y recomendaciones de parte del Sistema Nacional de Áreas de Conservación se señala: 

«Las obras lo pueden realizar amparados, a las leyes 9789, 10395 y 10210, sin embargo, en la medida de lo posible intervenir las zonas de protección hídrico lo estrictamente necesario, no exceder o realizar limpiezas más allá de la superficie de ruedo autorizada y que técnicamente se va a mejorar.”

Respecto a los árboles explicaron que se pueden hacer podas siempre y cuando no sean drásticas esto con el objetivo de no debilitar el árbol ni hacerlo propenso a enfermedades. 

También recomendaron que: «Una vez finalizada la intervención se recomienda restaurar el área de protección de la quebrada colindante a la calle, reforestar con especies nativas y de porte bajo y conservar con cobertura boscosa.”

En la próxima entrega: Vecinos de San Vicente se manifiestan a favor de intervención municipal (IV Parte)

Vea el informe completo

Comunicado de prensa SINAC

DECI-MINAE-057-2025

27.02.2025

COMUNICADO DE PRENSA

Como producto de inspección de campo:

MANTENIMIENTO DE CAMINO EN CERROS DE LA CARPINTERA ESTÁN ACORDES A LA NORMATIVA Y LEGISLACIÓN VIGENTE

Ante denuncias ciudadanas sobre aparentes irregularidades que comprometen el ambiente, específicamente sobre trabajos de mantenimiento de la Red Vial, calle Chirraca, en San Rafael de la Unión de Cartago, funcionarios de la Oficina Subregional de Cartago realizaron, el día de ayer, un recorrido por el camino intervenido de 300 metros aproximadamente, inspeccionándose un tramo de 195 mts, como la zona más vulnerable del sitio y de consideración ambiental, por tratarse de un área de protección de recurso hídrico y de contar con ecosistema boscoso dentro del área silvestre protegida de los Cerros de La Carpintera.

De acuerdo con los resultados de la inspección realizada, se observa un barrido y limpieza de la superficie de ruedo, con arrastre de vegetación menor y empuje de residuos en el sector que mantiene colindancia con una quebrada. Además, se localizaron en el sector inspeccionado, algunos árboles muy cercanos a la superficie de ruedo, afectados levemente a nivel de raíz, por la limpieza del camino actual. Se determinó, además, la existencia de árboles cortados, en apariencia plantados, cerca en la colindancia de una propiedad.

También se analizó, la necesidad de poda de algunas ramas, sobre el camino, principalmente porque se pueden ver afectadas con el paso de la maquinaria y tendido eléctrico.

Antonio Orozco, Jefe de la Oficina Subregional de Cartago, indicó que “La intervención al camino no tiene decreto de conveniencia nacional, no obstante, los trabajos están amparados legalmente a la normativa ambiental según la Ley No.10210, vigente desde el 1 de junio, 2022, que adiciona el artículo 33 de la Ley Forestal, donde se autoriza a la Municipalidad de la Unión a realizar diversas obras de Infraestructura civil y obras de recuperación y rehabilitación en áreas de protección urbanas y rurales, que podrán realizar las instituciones públicas amparados a la Ley No.9789 de Eficiencia en la construcción, el mantenimiento y el mejoramiento de la red vial cantonal y nacional, vigente a partir del 20 de diciembre, 2019.

Señaló, además el Sr. Orozco que, los árboles plantados cercanos al área de protección, de conformidad con el artículo 28 y 33 de la Ley Forestal, pueden ser cortados. Los árboles ubicados en áreas de protección de recurso hídrico y que muestren algunos daños fitosanitarios y representan un peligro eminente de caída, por lo que se puede establecer un sumario de derribo ante el Juzgado Agrario.

Respecto a las podas, de requerirse en algunos árboles, no hay restricción para realizarse, siempre y cuando no sean muy drásticas, ya que esto puede debilitar el árbol y hacerlo más propenso a enfermedades, por lo que deberán ser parciales, manteniendo al menos un 40 % de ramas, cortar lo más bajo posible, realizar cortes limpios y precisos, en un ángulo de 45 grados, para evitar daños al árbol y facilitar su cicatrización.

Una vez finalizada la intervención se recomienda restaurar el área de protección de la quebrada colindante a la calle, reforestar con especies nativas y de porte bajo y conservar con cobertura boscosa.

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