Por Carlos Sancho Villalobos
El día 17 de agosto acudí acompañando a mi señor padre de 90 años de edad, a la clínica de Seguro Social de nuestro cantón de La Unión, para que en su Laboratorio Clínico se le realizara un examen de sangre. Para ello debió estar en ayuno desde las cinco de la tarde del día anterior.
Las filas eran enormes para entregas de muestras y el mencionado examen. Como una “cortesía” a los adultos mayores les permiten que puedan llegar hasta las 8:00 a.m. Sin embargo, mi sorpresa fue mayúscula al comprobar que los derechos humanos de esta importante población, se vulneran allí, en el mismo corazón de la seguridad social costarricense.
Papá era el último de la fila y a pesar de que reclamé su derecho ganado por sus años al paso preferencial, no fue posible dado que el guarda de seguridad privado me indicó que no podía hacer nada, dado que, esas eran órdenes recibidas de la administración.
Ante este hecho me dirigí de inmediato a la Contraloría de Servicios, la cual estaba cerrada, pues su responsable, irónicamente, estaba brindando capacitación fuera de la entidad.
Solicité, identificándome de inmediato, que el Director de la clínica me recibiera para indicarle que algo malo estaba pasando, lo cual no fue posible y me remitieron ante la encargada del Laboratorio, quien tampoco se encontraba presente. Me atendió gentilmente un encargado quien me adujo que todos los adultos mayores eran iguales, ante lo que le respondí que en Derechos Humanos existe la definición de la discriminación positiva, la cual ofrece la ventaja de atender al que verdaderamente es mayor entre los demás adultos. Pregunté a este señor: porqué no ordenaba a las personas adultas mayores por edades y así atender en justicia, ante lo cual me respondió: que ese sistema no lo utiliza ninguna clínica en el país.
Es inconcebible que no entienda que no es lo mismo tener 65 años y adquirir el status, que tener 90 años o sea 25 más y ser discriminado por razones de ese mismo status. Igualmente sucede en la ventanilla preferencial que se ubica en la farmacia institucional donde se le prohíbe a un adulto mayor presentar una receta que no sea propia, aunque sea del esposo o de un familiar cercano que por razones de salud no pueda asistir a realizar el trámite y se le envía a la larga fila que hacemos todos los demás mortales.
Estas vejaciones deben de finalizar y las autoridades de la Municipalidad de La Unión que están gestando una Red de Cuido para esta población, primero deberían ir y constatar que los procesos de concientización se están cumpliendo para poder poner en marcha este ideal.
Hago este largo comentario no para berrear, sino más bien para informar que como Activista y Consultor en Derechos Humanos, estoy interponiendo ante la Defensoría de los Habitantes, formal denuncia por estos hechos, ya que es esta institución la garante de que los mecanismos de cumplimiento de la recién aprobada Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores se observen, se fomenten y se respeten.
De igual manera invito a mi apreciada doña Zulema Villalta Bolaños, presidenta del CONAPAM para que tercie y sea nuestra Clínica y muchas otras instituciones de nuestro cantón, en las figuras de sus funcionarios públicos, capacitadas para así ofrecernos a todos como personas que envejecemos, la seguridad de seguir disfrutando de una ayuda plena, independiente y autónoma, con salud, seguridad, integración y participación activa en las esferas económica, social, cultural y política de nuestra sociedad.
Al respecto, opinen ustedes.