- Variación al Reglamento de Servicios regirá dos años una vez publicado en La Gaceta Digital y aplicará de oficio a casos especiales de clientes residenciales y comerciales.
Plan contempla facturas que cumplan ciertos requisitos pero donde la causa del aumento en lectura no sean atribuibles al usuario (fugas o daños).
- El proyecto fue liderado por el presidente ejecutivo Tomás Martínez, las Subgerencias operativas y las áreas financiera y jurídica de la institución, a favor de los usuarios.
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) anunció este 14 de abril, día en que festeja su 60 aniversario, un transitorio al Reglamento de Prestación de Servicios que permitirá resolver de manera proactiva los cobros elevados que puedan considerarse irregulares y que se registren durante los próximos 24 meses, a la vez que habilita la revisión de casos pendientes.
“Este es un gran paso en la modernización del AyA pues nos permitirá beneficiar a los clientes y aprovechar recursos que hoy se usan en atender reclamos, generando ahorro al no tener que realizar visitas y pruebas, y con esto podremos usarlos en mejoras necesarias, como la implementación de la nueva plataforma tecnológica”, indicó el presidente ejecutivo del AyA, Tomás Martínez Baldares.
El jerarca destacó que la medida es resultado de un intenso trabajo en el último mes de un grupo estratégico formado por la Presidencia Ejecutiva y las Subgerencias operativos (GAM y Periféricos), con asesorías y revisiones jurídicas y financieras.
El transitorio se dio a conocer en el marco del acto de celebración del 60 aniversario del AyA, llevado a cabo en el acueducto más antiguo del país y de la región: el Monumento Nacional Guayabo.
Durante la actividad, Martínez también dio a conocer al nuevo equipo gerencial de la institución. (Comunicado aparte)
¿Cómo se aplicará el transitorio? El ajuste automático dado a conocer aplicará cuando se cumplan los siguientes escenarios:
- Tarifa residencial: cuando el consumo sea mayor a los 15 metros cúbicos y se presente un aumento del consumo cliente de más de un 25% respecto a su histórico.
- Tarifa comercial u ordinaria: cuando el consumo sea mayor a los 25 metros cúbicos y el aumento de consumo sea de más de un 100% con respecto a su histórico.
Ambos escenarios se aplicarán solamente si las causas no sean atribuibles al cliente, como fugas internas o variación de hábitos de consumo, lo cual se corroborará mediante inspecciones de campo.
Vigencia. Este transitorio fue aprobado por la Junta Directiva del AyA el pasado 24 de marzo y estará vigente por 24 meses a partir de su publicación en La Gaceta. Además, se podrá aplicar a casos de “alta facturación” presentadas en el periodo comprendido del 20 de marzo de 2020 a este 14 de abril 2021.
La medida pretende resolver los reclamos originados por un conjunto de condiciones que se entrecruzaron el año pasado: la suspensión de la lectura de hidrómetros, el aumento de consumo por la pandemia y el teletrabajo así como incrementos tarifarios.
“Este ajuste que planteamos no solo busca dar un alivio y una respuesta efectiva a nuestros clientes, sino también apoyar a nuestro personal que ha estado atendiendo casos sin poder proceder porque el Reglamento no lo permitía”, indicó Martínez.
A la vez, el plan permitirá liberar recursos para que la institución se enfoque en implementar procesos urgentes de cambio, donde resalta la renovación de su plataforma tecnológica comercial.
Para poder aplicar esta nueva medida, se analizaron los escenarios financieros, pesando al final la búsqueda de un equilibrio entre el beneficio de los abonados y las finanzas institucionales.