PANI NO ATENDERÁ DENUNCIAS CONTRA PADRES Y MADRES QUE NO VACUNEN A HIJOS E HIJAS MENORES DE 12 AÑOS CONTRA EL COVID

 En cumplimiento de la medida cautelar de suspender la vacunación obligatoria contra la COVID-19 en niños y niñas menores de 12 años, dictada por el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) no atenderá denuncias contra padres y madres que no vacunan a sus hijos e hijas de menos de 12 años contra este virus.

Esta disposición acoge la medida cautelar del órgano judicial y es consecuente con las acciones adoptada por el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social de no remitir al PANI aquellos casos donde los representantes legales de las personas menores de 12 años, no están de acuerdo con la vacunación pediátrica obligatoria.

En la circular PANI-GT-CIR-00140-2022, emitida el 13 de diciembre, la Gerencia Técnica, indica que “no se atenderán denuncias en el marco del proceso de vacunación por COVID-19 en población pediátrica hasta los 12 años”.

El Patronato Nacional de la Infancia hace un llamado a las madres, padres y representantes legales para continuar con la vacunación obligatoria establecida en el esquema básico de vacunación que incluye vacunas contra la tuberculosis y meningitis, la infección por hepatitis B, rotavirus (gastroenteritis), difteria, tétanos y tosferina, influenza, polio, neumococo, sarampión, rubeola y paperas, varicela y papiloma humano.

En este sentido, la circular indica que, en relación al esquema básico de vacunación ya establecido, se mantiene el Proceso Especial de Protección y herramientas de actuación señaladas en el Modelo de Gestión de Procesos Atencionales del PANI. 

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