Apertura gradual marcará último trimestre del año 2021

  • A partir del 16 y hasta el 31 de octubre la restricción vehicular sanitaria será de 10 p.m. a 5 a.m. de lunes a domingo y los establecimientos podrán operar hasta igual hora. 
  • Si la evolución de la pandemia lo permite, durante noviembre la restricción vehicular sanitaria será a partir de las 11 p.m. y se eliminaría la restricción diurna en todo el país, con excepción del anillo de circunvalación.  
  • Además, a partir del 15 de noviembre se eliminaría la restricción diurna de los fines de semana.  
  • A partir de diciembre el ingreso a establecimientos como restaurantes, bares, tiendas, gimnasios, hoteles, entre otros, será para personas con esquema de vacunación completo; su verificación se efectuará a través de un código QR de vacunación.  
  • Si las condiciones epidemiológicas lo posibilitan,  entre noviembre y diciembre se aumentarían de forma gradual los aforos en comercios, transporte y turismo. 
  • En noviembre y diciembre los turistas que ingresen al país con esquema de vacunación completo no deberán presentar póliza médica.  
  • Según la evolución de la pandemia las actividades deportivas y culturales permitirán entre noviembre y diciembre un mayor ingreso de personas, privilegiando aforos con personas con el esquema de vacunación completo.  
  • En diciembre se habilitarían los deportes en vía pública, así como autorizaría el funcionamiento del Parque Diversiones, y el horario de playas pasará a las 11:00p.m.  

Con el objetivo de generar una mayor reactivación económica en el país, el Gobierno realizará una flexibilización responsable y gradual en las restricciones sanitarias para los últimos meses de este 2021 con una ampliación de la circulación vehicular, ampliación de aforos, especialmente para personas con esquema de vacunación completo, y permiso para el desarrollo de más actividades.  

Octubre: 

  1. Restricción vehicular sanitaria. 

Del sábado 16 y hasta el 31 de octubre, se disminuirá la restricción nocturna de 5:00 a.m. a 10:00 p.m. de lunes a domingo en todo el país. No podrán circular las siguientes placas, salvo la lista de excepciones: 

 Placas 
Lunes 1 y 2 
Martes 3 y 4 
Miércoles 5 y 6 
Jueves  7 y 8 
Viernes  9 y 0 
Fines de semana 50/50 por placas pares e impares 
  • Regulación de establecimientos: 

Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público podrán funcionar de lunes a domingo entre las 5:00 a.m. y las 10:00 p.m., en concordancia con la restricción vehicular.  

Se mantienen los aforos anunciados desde hace semanas para el mes de octubre.  

Noviembre: 

  • Restricción vehicular sanitaria:  

Si la evolución de la pandemia lo permite el horario de circulación vehicular de lunes a domingo se ampliaría hasta las 11:00 p.m. y se eliminaría la restricción vehicular sanitaria diurna por placas en todo el territorio nacional, a excepción del área conocida como anillo de circunvalación.  

A partir del lunes 15 de noviembre se eliminaría la restricción vehicular de los fines de semana en todo el país, permitiendo con esto que placas pares e impares puedan circular sábado y domingo. 

 Placas 
Lunes 1 y 2 
Martes 3 y 4 
Miércoles 5 y 6 
Jueves  7 y 8 
Viernes  9 y 0 
Fines de semana del  6 y 7 – 13 y 14  50/50 por placas pares e impares 

Se ampliaría el aforo en los siguientes medios de transporte:  

  • Trenes: Aforo de pie según tipo de vagón (Apolo 29 personas, convencional 9 personas y nuevas unidades con 102 personas). 
  • Buses: 15 personas de pie. 
  • Regulación de establecimientos:  

Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público, sujetos a horario, podrían abrir de lunes a domingo hasta las 11:00 p.m., según el horario de restricción vehicular. 

Se ampliarían los aforos en los siguientes establecimientos o actividades:  

  • Eventos sociales: 100 personas (sin esquema vacunación) ó 200 personas con esquema de vacunación completo. 
  • Eventos académicos, empresariales e iglesias500 personas.
  • Plan piloto cultura en Parque Viva, 06 de noviembre2500 personas con esquema de vacunación completo.
  • Bares, restaurantes, casinos y tiendas: 50% de aforo 
  • Hoteles más 100 habitaciones: 100% aforo. Áreas comunes en 50%. 
  • Playas: Se amplía el horario de las playas, las cuales podrán abrir de lunes a domingo de 5:00 a.m. a 8:00pm. 
  • A PARTIR DEL 15 DE NOVIEMBRE: Actividades deportivas y culturales en establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento (PSF)aforo 25% de la capacidad total  con esquema de vacunación completo.

Los turistas que deseen ingresar al país y que cuenten con el esquema de vacunación completo podrán hacerlo .  

Diciembre: 

  • Restricción vehicular:  

De acuerdo con la evolución epidemiológica, el horario de circulación vehicular de lunes a domingo regiría de 5:00a.m a 11:00 p.m. y la restricción vehicular sanitaria por placas entre semana sería solo en el área conocida como anillo de circunvalación. Salvo la lista de excepciones, en dicho anillo no circularían: 

 Placas 
Lunes 1 y 2 
Martes 3 y 4 
Miércoles 5 y 6 
Jueves  7 y 8 
Viernes  9 y 0 
  • Se ampliaría el aforo en buses que podrían trasladar hasta 20 personas de pie. 
  • Restricción de establecimientos: 

Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público, sujetos a horario, podrían abrir de lunes a domingo hasta las 11:00 p.m., según el horario de restricción vehicular. 

  • Eventos sociales: 200 personas con esquema vacunación completo. 
  • Actividades deportivas, culturales, académicas y de culto, en establecimientos con PSF: 30% de la capacidad total o máximo de 500 personas manteniendo distanciamiento y uso de mascarilla, con esquema de vacunación completo. 
  • Activación de eventos con autorizaciones sanitarias: En espacios que permitan control de aforo, máximo 25% de capacidad total. 
  • Se autorizaría funcionamiento del Parque Diversiones, con aforo 50% (5000 personas) y cumplimiento de protocolo específico. 
  • Bares, restaurantes, tiendas y casinos: 75%  de aforo, con esquema de vacunación completo.  
  • Se habilitaría la opción de realizar actividades deportivas en vía pública.  

Código QR para ingresar a establecimientos 

A partir del 1° de diciembre será obligatorio mostrar el código QR de certificado de vacunación COVID-19 para ingresar a los siguientes establecimientos:  

  1. Restaurantes, sodas, cafeterías y plazas de comidas (food trucks, food courts). 
  2. Bares y casinos. 
  3. Tiendas en general, tiendas por departamento y centros comerciales. 
  4. Museos. 
  5. Centros de acondicionamiento físico. 
  6. Hoteles, cabinas o establecimientos de alojamiento. 
  7. Balnearios. 
  8. Actividades, organizaciones o congregaciones en sitios de adoración. 
  9. Salas de eventos para actividades empresariales, académicas o sociales. 
  10. Turismo de aventura. 
  11. Teatros, cines, academias de arte y baile, y establecimientos de actividades artísticas. 
  12. Establecimientos de actividades deportivas. 

El código QR se empleará para fortalecer y agilizar  la verificación  del estado de vacunación COVID-19. Importante indicar que no requiere internet y que se utiliza con App gratuito que se pondrá a disposición de las personas. La presentación de este código se podrá hacer tanto en formato digital como impreso. A partir de noviembre se podrá descargar por medio del sitiohttps://usuarios.ministeriodesalud.go.cr 

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