Propuestas claras

(Participación ciudadana)

Isaac Marín González

Hace unos días el Gobierno lanzó la página https://gobiernoabierto.go.cr/costa-rica-escucha-propone-y-dialoga/, para proponer y ayudar en 3 ejes a salir de esta crisis que afecta no solo a nuestro país sino a todo el mundo. Podemos criticar todo lo que queramos, sentirnos expertos en mucho y aportar poco, pero en realidad cuando hay oportunidades como esta lo mejor es tomarlas y tratar de ayudar a varios sectores que pueden verse beneficiados.

El día de hoy di dos propuestas al Gobierno para la reactivación económica y generación de empleos, dirigido al IVA y a la Contratación Administrativa:

PROPUESTA 1

Actualmente el “TRANSITORIO V” de la Ley 9635 “Fortalecimiento de las finanzas públicas” establece que desde la entrada en vigencia de esta ley los servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción de obra civil se verán beneficiados con una reducción del IVA al 0% durante el primer año, un 4% durante el segundo año, un 8% durante el tercer año hasta llegar al 13% a partir del cuarto año.

Propuesta concreta

De acuerdo al CFIA ante el entendimiento de dicha ley, SOLAMENTE podrán someterse a este beneficio de la reducción del IVA, los proyectos que cuenten con el VISADO de planos antes del 1 de octubre del 2019, lo que vuelve impráctico este transitorio puesto que MUY POCAS o casi NINGUNA obra a nivel nacional dura más de 1,5 años (ej. Rotonda Garantías Sociales), en el sector público y la obra pública por lo general se ejecutan proyectos en el ejercicio económico de un Periodo Ordinario, y TODA obra NUEVA inscrita en el CFIA a partir del 1 de octubre del 2019 debería pagar SI o SI el 13% del IVA. 

He propuesto: realizar primero una revisión en la redacción de dicho transitorio a la vez que se agregue un ESCALONAMIENTO en plazos de inscripción de obras ante el CFIA, para beneficiar a muchas empresas a aplicar a la tasa reducida del IVA de la misma forma en que el escalonamiento del IVA aumenta, esto beneficia no solo a las empresas que brindan servicios a municipalidades y/o instituciones del estado, sino también a la cadena de suministros para efectuar dichas obras, lo que incentiva a la participación continua en proyectos.

PROPUESTA 2

Actualmente el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa establece el pago anticipado de entre el 20% y el 40% del monto de una obra (cualquiera), sin embargo, esto se deja a conveniencia de la Administración siendo que dicho artículo claramente va enfocado a empresas PYME.

El pago al contratista procede una vez recibido a satisfacción el bien o servicio. No obstante, podrán convenirse pagos por anticipado cuando ello obedezca a una costumbre o uso derivado de la práctica comercial, debidamente comprobado; una consecuencia del medio de pago utilizado o las condiciones de mercado así lo exijan, como en el caso de suscripciones periódicas o alquileres; o bien, cuando se trate de una PYME registrada por el MEIC, que ha demostrado su condición según lo dispuesto en el presente reglamento, la Ley N ° 8262 y sus reglamentos, en cuyo caso la Administración Pública de conformidad con su disponibilidad financiera y lo establecido en el cartel respectivo, o en el respectivo pliego de condiciones, otorgaran pagos anticipados entre el 20% y 40% del monto total de la contratación. En este caso, cada Administración contratante valorará la posibilidad de solicitar una garantía colateral, por todo el monto del anticipo otorgado, en los términos del artículo 46 del presente reglamento.

Esto sumado al LIMITADO manejo del SICOP por parte de muchas proveedurías a nivel nacional y al CONSTANTE RETRASO o larga duración en el pago de facturas, hace que empresas vean limitada su participación en procesos de compras de diferentes instituciones (la Municipalidad de La Unión es una de ellas).

Propuesta concreta

Que se establezca como OBLIGATORIO el otorgamiento de este ANTICIPO solamente a empresas PYME debidamente registradas ante el MEIC, esto sumado a la publicación del Fondo Nacional de Avales, ayudaría a la FORMALIZACIÓN de muchas empresas a nivel nacional que puedan vender al Estado Costarricense, siendo que dentro del mismo marco normativo otros artículos castigan el mal manejo de estos fondos que son SOLO para los proyectos en cuestión (licitaciones).

Esta última propuesta la hago extensiva a la Administración de la Municipalidad de La Unión y Concejo Municipal para que, por medio de la proveeduría institucional y siendo ya algo normado por ley, se establezca el adelanto de obra acorde a lo establecido por ley en SICOP, con lo que muchas empresas más podrían ofrecer sus servicios al cantón y formalicen sus giros económicos en caso de estar en la informalidad.

La pandemia COVID-19 ha provocado profundas afectaciones en la vida de las personas, los hogares, las comunidades y las empresas. Para proteger la vida de las personas se han tomado medidas extraordinarias.

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