La Dra. Elizabeth González Gamboa Directora del Área Rectora de Salud de La Unión fue enfática: “la Empresa Hacienda San Rafael no cuenta actualmente con el permiso sanitario de funcionamiento.
Este requisito indica, es necesario para aprobar cualquier licencia o patente comercial.
P/ Doctora González ¿Cuenta la empresa Hacienda San Rafael con los permisos de salud respectivos?
R/ No
P/ ¿Qué motivó el denegar el permiso?
R/ No haber presentado la Resolución Municipal de Ubicación*.
P/ La municipalidad aprobó una patente ¿Contó con el permiso de Salud correspondiente?
R/ Sí aprobó Patente, no cuenta con el permiso sanitario de funcionamiento.
P/ ¿Contraviene la actividad del tajo lo indicado en la Ley General de Salud?
R/ De acuerdo a la Ley General de Salud, toda actividad comercial debe contar con la Resolución Municipal de Ubicación y el Permiso Sanitario de Funcionamiento
P/ ¿Ve conveniente la explotación de materiales (Tajo) en una zona rodeada de residenciales?
R/ No, al no tener los requisitos antes mencionados.
*Resolución municipal de ubicación es el uso de suelo establecido en el plan regulador vigente, en este caso es forestal.